DESAPARICION DE PODERES GUERRERO Y GUANAJUATO NOVUSNEWSMX

Este miércoles, el Senado de la República aprobó un acuerdo que establece el procedimiento para ejercer la facultad conferida por el artículo 76 de la Constitución, que permite declarar la desaparición de poderes en los estados de Guerrero y Guanajuato.

La solicitud de declaratoria de desaparición de poderes en Guerrero fue presentada por el PAN, mientras que en Guanajuato fue propuesta por Morena; ambas solicitudes fueron remitidas a la Comisión de Gobernación.

En caso de que los poderes en estas entidades sean desaparecidos, la Constitución asigna exclusivamente al Senado la facultad de determinar la necesidad de nombrar un gobernador provisional.

Según la legislación mexicana, la desaparición de poderes implica la extinción o pérdida de la capacidad de ejercer el poder político por parte del titular del Ejecutivo, así como las funciones estatales de un cuerpo colegiado que ejerza el Poder Legislativo o Judicial en una entidad federativa.

La desaparición de los poderes de un Estado puede ocurrir en casos en los que los titulares de dichos poderes constitucionales:

  • Violenten los principios del régimen federal.
  • Abandonen el ejercicio de sus funciones, a menos que exista una causa de fuerza mayor.
  • Se encuentren físicamente incapacitados para ejercer las funciones inherentes a sus cargos, afectando la vida del Estado y obstaculizando la plena vigencia del orden jurídico.
  • Prologuen su permanencia en sus cargos después de que haya expirado el período para el cual fueron electos o nombrados.
  • Fomenten o adopten formas de gobierno o bases de organización política distintas a las establecidas en los artículos 40 y 115 de la Constitución.
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