El Senado de la República aprobó un dictamen que contempla penas de hasta 12 años de cárcel para quienes realicen terapias de conversión sexual en menores, por considerarlas una violación a la integridad de las personas.
De esta manera, en la sesión que concluyó en las primeras horas de la mañana, se aprobó sin debate el dictamen que establece condenas de dos a seis años de prisión y multas considerables para aquellos que realicen terapias de conversión en menores de edad.
Las sanciones aplicarán a quienes realicen, impulsen, apliquen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento o práctica que afecte la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
En el documento que ahora será enviado al Ejecutivo para su promulgación se menciona que según las reformas propuestas al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud, las penas se duplicarán, alcanzando hasta 12 años de cárcel, cuando estas acciones se cometan contra menores de 18 años, adultos mayores o personas con discapacidad.
Por otro lado, en el caso de que el perpetrador sea el padre, madre o tutor del menor, se contempla la aplicación de sanciones de amonestación o apercibimiento a discreción del juez.
De igual forma, se establecen medidas más severas para aquellos que mantengan una relación de subordinación con la víctima o que utilicen su posición en la función pública para cometer el delito, incluyendo la destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos por un período igual a la pena impuesta.
La orientación o identidad de género de una persona no debe ser violentada, ayer aprobamos en el @senadomexicano, la prohibición de las terapias de conversión que violentan los derechos humanos pic.twitter.com/YCSDIlkV8i
— Senadora Margarita Valdez (@SenadoraV) April 26, 2024