terapias de conversión en menores: Senado

El Senado de la República aprobó un dictamen que contempla penas de hasta 12 años de cárcel para quienes realicen terapias de conversión sexual en menores, por considerarlas una violación a la integridad de las personas.

De esta manera, en la sesión que concluyó en las primeras horas de la mañana, se aprobó sin debate el dictamen que establece condenas de dos a seis años de prisión y multas considerables para aquellos que realicen terapias de conversión en menores de edad.

Las sanciones aplicarán a quienes realicen, impulsen, apliquen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento o práctica que afecte la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

En el documento que ahora será enviado al Ejecutivo para su promulgación se menciona que según las reformas propuestas al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud, las penas se duplicarán, alcanzando hasta 12 años de cárcel, cuando estas acciones se cometan contra menores de 18 años, adultos mayores o personas con discapacidad.

Por otro lado, en el caso de que el perpetrador sea el padre, madre o tutor del menor, se contempla la aplicación de sanciones de amonestación o apercibimiento a discreción del juez.

De igual forma, se establecen medidas más severas para aquellos que mantengan una relación de subordinación con la víctima o que utilicen su posición en la función pública para cometer el delito, incluyendo la destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos por un período igual a la pena impuesta.

Por Sebastián Huerta Viurcos

Comunicólogo de profesión, 💻 periodista por vocación y 🎤 locutor por accidente 📻 #JuntosHacemosEscena

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